fbpx

Castell Martinez Abogados

– El Decreto Ley 34/2020, de 20 de Octubre, de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados, quiere evitar el cierre de negocios, la destrucción de puestos de trabajo y la pérdida de los medios de subsistencia de un gran número de personas y familias como consecuencia de la suspensión o restricción de actividades económicas impuesta por la autoridad competente para hacer frente a la pandemia de la COVID-19.

– Se pasa del Pacta Sunt Servanda (respetar las obligaciones contraídas por vía contractual) en la cláusula Rebus Sic Stantibus (las partes pueden negociar de nuevo para restablecer el equilibrio contractual).

– En concreto, se habilita la parte arrendataria para requerir de la parte arrendadora una modificación razonable y equitativa de las condiciones del contrato, y alcanzar un acuerdo.

(Si las partes no lleguen a un acuerdo, el decreto ley evita la judicialización automática de todos estos casos y prevé directamente la solución aplicable, basada en el reparto por mitades del daño económico sufrido como consecuencia de la medida gubernativa (cierre o restricción de la actividad económica), solución que puede llegar hasta una rebaja del 50% de la renta para el arrendatario.)

EN CMA si las partes no ha llegado a un acuerdo en una negociación directa entre vosotros, os ofrecemos el servicio de la mediación como vía idónea para desatascar el conflicto.

Delante de un posible conflicto entre partes, ten presente la mediación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *